Por si os pudiera ser de utilidad :
cuando los padres han inscrito a su hijo en un centro alternativo y el niño está estudiando, no se puede acusar de absentismo, porque absentismo supone abondono del niño, y no es el caso.
Por tanto, la acusación de absentismo podría ser un delito de ACUSACIÓN FALSA:
- - acusar a sabiendas de que no es cierto, podría incurrir en un delito de acusación
falsa, un delito penal tipificado en el Código
Penal en su artículo 456 que
castiga con penas de hasta dos años de cárcel a los que, con conocimiento de su falsedad o
temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de
ser ciertos, constituirían infracción penal…"
Además de que podría también haber otros delitos como:
- delito de prevaricación y abuso de autoridad, (art. 404 del
Código Penal)
-
A LA ATENCIÓN:
-
de -------------- - Coordinadora del Servicio Provincial de Educación,
Cultura y Deporte de --------
-
De Doña ------------------- y de la
Jefa de estudios doña ---------------- respectivamente directora y jefa de estudios
del DEL CENTRO IES -----------------------------
------------, a 3 de noviembre de 2021
Muy Señoras nuestras,
Con la presente vengo a exponer los
siguientes HECHOS:
-
Con fecha 28 de septiembre de 2021 solicité por escrito y por registro
a Doña ---------- y doña -----------------,
respectivamente directora y jefa de estudios del CENTRO IES ------------------,
que me mostraran la ley y el artículo de la ley en el que sustentan su argumentación
para acusarme de que mi hijo ha
incurrido en absentismo escolar. En efecto, ellas saben de sobra que mi hijo
está cursando su año escolar desde el 13 de septiembre pasado en un nuevo
centro de estudios oficial, reconocido y legal, West River Academy (https://www.westriveracademy.com/) , y como es lógico, no puede estar
presente en el Centro ----------------------- del que está dado de baja.
-
A día de hoy 3 de noviembre de 2021, sigo esperando que me muestren el
articulado de la ley en el que se basan para incurrir en una acusación tan
grave como el hecho de ser responsable de tener a mi hijo desescolarizado
cuando saben perfectamente que no lo está porque han recibido la solicitud de
transferencia de su expediente por parte de la muy seria y prestigiosa escuela
estadounidense West River Academy.
-
Que el 26 de octubre del 2021, a las 10:30h en una reunión con una duración
de 20' 34" que tengo grabada, doña -----------------, coordinadora del
programa de absentismo escolar en -----------, se ha permitido decirme “tampoco
sabemos qué tipo de educación está recibiendo el menor", cuando ella, mera
coordinadora, no tiene la autoridad ni
la potestad para valorar y sancionar el tipo de educación que ha sido elegida
por sus padres. Su afirmación no respeta
nuestra libre elección del centro educativo, lo que podría ser tipificado como
un delito de prevaricación y abuso de
autoridad, (art. 404 del Código Penal); y también vulnera
gravemente la Constitución Española que, en su artículo 27, garantiza la
libertad de enseñanza, siendo la
elección de la educación dada a los hijos la potestad exclusiva de
los progenitores o detentores de la patria potestad de un menor, protegida
por el art. 154 del Código Civil.
-
Que ese mismo día, en dicha reunión, doña ----------------, además de
reconocer que mi hijo está escolarizado en un centro de enseñanza, dijo
claramente “entendemos su postura", es decir, que declara entender la
situación y saber que mi hijo no está en absentismo y que está escolarizado, lo
que significa que me está acusando de haber desescolarizado a mi hijo a
sabiendas de que no es cierto, lo que podría incurrir en un delito de
acusación falsa, un delito penal tipificado en el
Código Penal en su artículo 456 que
castiga con penas de hasta dos años de cárcel a los que, con conocimiento de su falsedad o
temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de
ser ciertos, constituirían infracción penal…
-
Doña ----------------- me ha citado en su despacho para amenazarme con
denunciarme ante el Servicio de Protección de Menores y la Fiscalía por un
supuesto absentismo cuando ella sabe que mi hijo ------- está cursando sus
estudios con cinco profesores, con un programa escolar de alto nivel, que en
ningún caso podría recibir en el CENTRO IES --------------, y ella lo sabe. En
dicha reunión, doña --------------- añadió “si ustedes siguen en su decisión, también les
citarán del Servicio de Protección de Menores” “y como último paso sería a Fiscalía, que es
el que tiene la última palabra y toma la decisión que él quiere". No
conforme con lo ya dicho, doña --------------
prosiguió y dijo "En la supuesta próxima cita ya con Protección de Menores,
habrá una psicopedagoga y también estaré yo como apoyo". Dado que -----------------
no tiene la potestad ni la autoridad para decidir sobre la idoneidad del centro
elegido por nosotros, lo que dijo podría ser entendido como una amenaza,
entrando así en un Delito de coacciones y amenazas, Art.
172 del Código Penal.
Además de esto, quisiera recordar que:
-
El 21 de julio de 2021, el Tribunal Constitucional decretó que el Estado de
Alarma fue inconstitucional en su totalidad, por tanto, todas las medidas y
normativas derivadas de él son inconstitucionales e ilegales de pleno derecho,
lo que significa que las normativas Covid, dictadas por las Consejerías de
Educación e impuestas a los alumnos españoles en los centros educativos,
también lo son. A pesar de ello, los centros educativos, desoyendo la decisión
del Tribunal Constitucional, siguen imponiendo a los alumnos de este curso 2021/22 medidas de protección extrema (mascarillas
constantes, geles tóxicos no diseñados ni aprobados para el Ph delicado de los
niños, distancia de seguridad, corrientes de aire en pleno invierno, vacunas)
lo que, además de ser en todo ilegales, demuestran por un lado, que la
dirección del centro ------- impone protocolos ilegales basados en normativas
pero no respeta la Ley que, por jerarquía jurídica, se encuentra por
encima de cualquier normativa , y por otro, deja patente que su centro
educativo no es un espacio seguro y libre de posibilidad de contagio.
- Dado que sus Protocolos Covid imponen a los alumnos el uso de la
mascarilla obligatoria en todo momento, incluso en clase de gimnasia, esto
podría ser constitutivo de varios delitos penales como la vulneración de
la Convención Internacional de los Derechos del Niño de 1989, de la Ley
8/2015 de protección del menor, de la Ley 41/2002 de Autonomía del paciente, de
la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su art. 10, por
imponer un acto médico (la mascarilla que impide una correcta oxigenación,
dañando el cerebro), pudiendo incurrir también en un Delito de tortura,
artículo 173 del Código Penal, "el que infringiere a otro trato
degradante, menoscabando su integridad moral...", pudiendo incurrir
también en un Delito de acoso (art. 172 ter CP) si mi hijo fuera
reprendido reiterada y públicamente por no llevar mascarilla, y un Delito
de coacciones, Art. 172 del Código Penal, al ser amenazado con algún
castigo o sanción por no llevar mascarilla, lo que supondría, además,
un delito de prevaricación y abuso de autoridad, art. 404
del Código Penal, por parte de la directora, así como de sus
profesores; Delito de discriminación por minusvalía, Ley Orgánica 10/1995,
de 23 de noviembre, del Código Penal, en su art. 510.1, además de ser un
trato negligente y que amenaza su ordenado desarrollo psíquico o social de
conformidad con lo previsto artículo 1 de la Ley Orgánica 8/2021
de 4 de junio de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a
la violencia.
-
Por tanto, los Protocolos Covid han convertido el Centro -------- en un lugar peligroso, que provoca miedo
insuperable y que contraviene lo establecido por la Constitución Española
en su art. 27 , puesto que dichos protocolos no garantizan “el pleno desarrollo de la personalidad humana
en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y
libertades fundamentales”.
Por todo lo anteriormente dicho, afirmo que:
-
El CENTRO IES ------------------- no respeta la legislación española e
internacional, en muchos de sus artículos, tal y como ya hemos descrito.
-
El CENTRO IES ---------------- no
es un espacio seguro para mi hijo y no garantiza su salud, ni el respeto de sus
derechos fundamentales, y como detentora de la patria potestad de mi hijo -----------
y, en aplicación del artículo 154 del
Código Civil, tengo el deber de ejercer mi patria potestad “en interés
de mi hijo, de acuerdo con su personalidad” y la obligación de “velar por el
respeto de sus derechos, su integridad física y mental”, “velar por él, tenerlo
en mi compañía, alimentarlo y educarlo y procurarle una formación integral”,
derechos y obligaciones que en estos momentos no están garantizados en el
Centro IES ----------- , lo que podría suponer una ausencia de control por
parte de la Inspección Académica.
-
Tanto doña --------------, directora, como doña -------------- jefa de estudios, han
sido incapaces de mostrarme el artículo de la Ley que supuestamente estaríamos
infringiendo, porque no existe ninguna ley que me impida inscribir a mi hijo en
otro centro de enseñanza real, oficial y legal. Sólo me hablan de normativas y
valoraciones subjetivas sobre la escolarización actual de mi hijo, lo que
podría suponer un delito de prevaricación y abuso de autoridad, (art.
404 del Código Penal);
- - la acusación de estar en absentismo, expresada tanto por doña ------------ como por Doña ------------- cuando ambas saben fehacientemente que mi
hijo está escolarizado y estudiando con cinco profesores en un centro de enseñanza, aunque no sea
de su gusto, podría suponer que estuvieran ambas entrando en un delito de
acusación falsa, un delito penal tipificado en el Código Penal en su artículo
456 .
- - Que estoy ejerciendo el derecho a la libertad de enseñanza protegido por la
Constitución Española, Carta Magna que es muy clara al respecto en su artículo
27, donde se garantiza la libertad de elección del centro de enseñanza por
parte de los padres o tutores. Artículo 27 de la
Constitución Española: 1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce
la libertad de enseñanza. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo
de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de
convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
Queremos que quede constancia con el presente escrito
-
que mi hijo --------------- empezó
sus clases en su nuevo centro el 13 de septiembre de 2021, ya está estudiando
con sus profesores de Lengua y Literatura, Matemáticas, Filosofía, Historia,
Geografía, Francés, Inglés, Biología y Física y Química, con una calidad y un
nivel que el IES -------------, mal les pese, no puede dar. Por tanto, no existe
absentismo alguno.
-
Que la amenaza de avisar a los Servicios Sociales y la Fiscalía, cuando
saben fehacientemente que mi hijo está escolarizado y estudiando, podría
suponer, además del delito de Denuncia falsa, un Delito de
coacciones y amenazas, Art. 172 del Código Penal) 1. El que, sin estar
legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no
prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto,
será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de
12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados
- que decidimos darlo de baja del IES -------------- por pérdida de confianza en el centro
y lo hemos inscrito en un nuevo centro educativo legal, West River Academy, donde sus derechos y su
salud están siendo respetados como no lo estaban en el IES ----------------.
Por lo anteriormente expuesto SOLICITAMOS:
-
tenga por recibido el presente escrito en tiempo y forma
-
tomen nota de la baja definitiva de nuestro hijo ---------- del IES ----------- y transfieran el
expediente académico de nuestro hijo al nuevo centro West River Academy, que ya se lo solicitó hace casi dos meses.
-
Cesen en su acusación falsa de absentismo y desescolarización
-
Atentamente,
-------------------