miércoles, 30 de diciembre de 2020

Vecinas dan POSITIVO y FUMIGAN EL EDIFICIO SIN AVISAR: DE LOCOS

Estimado administrador de la Comunidad de Vecinos


En esta situación de histeria colectiva creada sin fundamento científico por los medios de comunicación , hay dos pilares para volver a la cordura: la Ley y la Ciencia. Y lo que ha pasado esta mañana en nuestra casa demuestra que no se está actuando conforme a la Ley, ni a la Ciencia. Todas han sido reacciones exageradas, acientíficas y no conformes a la Ley.

El día de hoy ha tenido lugar un hecho lamentable que vulnera nuestro derecho a la intimidad y a nuestra salud, protegido por nuestra Constitución y la Ley General de Sanidad, como mínimo, dado que ha venido, sin avisar, una persona vestida como un agente de guerra bacteriológica,  a fumigar nuestro descansillo con una sustancia tóxica que se ha colado por debajo de la puerta de entrada y de la cocina, y que nos ha hecho toser durante casi media hora, siendo asmáticas  y alérgicas a las sustancias nocivas. Todavía ahora, a las 19 horas sigo teniendo picor en la garganta.

La sustancia esparcida, y desconocida, no es ozono, como nos ha dicho el operario, puesto que nosotros tenemos en casa un difusor de ozono y conocemos muy bien el olor de este gas. Pasadas varias horas, seguía habiendo un aire ácido en el descansillo, en las escaleras y en el ascensor que picaba en la garganta y la nariz. El ozono no se comporta así, puesto que su olor es muy agradable e inmediatamente se ventila y desaparece.

Y esto es un grave delito: se nos ha fumigado sin avisar y sin nuestro consentimiento y con una sustancia tóxica de la que no tenemos ninguna información, ni previa ni posterior al fumigado, lo que vulnera en todo la Ley de Sanidad y nuestros derechos fundamentales.

Paso a relatar los hechos:
- alrededor de las 10 y media de esta mañana, el portero nos ha llamado para avisarnos de que "nuestra vecina del 4º tiene Covid y que van a proceder  a la desinfección en el edificio", a lo que yo contesto que me niego.

- inmediatamente llamo a nuestra vecina y su hija  me confirma que no están enfermos en absoluto sino que han dado positivo en un test. 

Lo que parecen desconocer es que ese test es inespecífico, tal y como lo dice la misma página web de nuestro Ministerio de Sanidad, el texto es muy claro al respecto de los tests: paso a copiar el texto del Ministerio de Sanidad, que podrán encontrar en el enlace siguiente:
https://www.mscbs.gob.es/ciudadanos/ene-covid/faqs.htm

Pregunta 12 sobre los test del covid:

"¿Me van a dar el resultado de la prueba por escrito?

Sí, al igual que la vez anterior, le daremos el resultado del test rápido de anticuerpos por escrito. Sin embargo, es importante que tenga en cuenta que este test no permite diagnosticar si usted tiene COVID-19. El test indica que usted ha tenido contacto con el coronavirus, pero esto no significa estar enfermo."


Es decir, que según el propio Ministerio de Sanidad, no existe test alguno que permita detectar si uno tiene o no tiene Covid -19, por tanto, "dar positivo en un test" en ningún caso equivale a "tener el Covid" y todavía menos equivale a poder contagiar a nadie.


Según me han informado,  esta mañana en nuestro edificio se ha aplicado  el supuesto "protocolo aplicado en todas partes", no sé cuál es ese protocolo, pero dudo mucho que sea un protocolo  científicamente probado y conforme a la Ley, porque en ningún caso un protocolo de desinfección puede realizarse avasallando sin pedir permiso, sin el consentimiento de los habitantes del edificio y todavía menos sin avisarles del momento en el que va a tener lugar dicho "tratamiento de desinfección".

Intentemos salir de esta histeria colectiva y empecemos a razonar con tranquilidad:

1. Según me han confirmado nuestras vecinas, están todos perfectamente bien, nadie tiene síntomas de NADA. Según toda la historia de la Medicina lo que define a un enfermo es que tiene síntomas de una enfermedad. Nuestras vecinas, pues, no están enfermas.

2. El único dato que tenemos es que han dado positivo en un test que, por cierto, si se lo volvieran a hacer, lo más probable es que les diera negativo como le ha ocurrido a mi cuñado que se lo hizo tres veces y dio positivo en el primero, 24 horas después dio negativo y 48 h después volvió a dar negativo. Por tanto, se confirma lo que dice la web del Ministerio: el test no permite saber nada, es inespecífico y no es una prueba diagnóstica fiable.

2. Al no tener síntomas, no están enfermos, luego no pueden contagiar. Pero aunque estuvieran enfermas nuestras vecinas, resulta que los virus necesitan un huésped, y fuera de él, no sobreviven, por tanto, no hay necesidad de fumigar nuestro piso porque nuestras estimadas vecinas no han subido en varios meses.

3. Da la causalidad que nuestras vecinas tienen un perro encantador que entra y sale varias veces al día. Sabiendo que los coronavirus son virus endémicos en los perros, me pregunto:

1. se ha fumigado al perro con esta sustancia que no es tóxica pero el que la esparce viste traje de guerra bacteriológica?  se ha tomado alguna medida con este animal portador endémico de coronavirus?

2. si el perro entra y sale del edificio varias veces al día,  de qué sirve fumigar el edificio? qué seguridad tenemos de que no va a introducir el peligrossísimo virus en nuestro edificio desinfectado? 


4. Y sobre todo ¿Cuánto tiempo dura la supuesta "desinfección" de un supuesto virus que, según se cree, quedaría colgado en zonas donde los supuestos contagiados jamás han estado en  semanas,  si la realidad es que no para de venir gente, tanto visitantes como personal de servicio o repartidores de los que ignoramos si están sanos, si se han hecho el famoso test, si han dado positivo o negativo? 


En mi opinión, todo esto es una histeria sin base científica alguna, y lo que me queda claro es que se ha impuesto por la fuerza, es decir, ilegalmente,  un protocolo que, a todas luces, carece de criterio científico, por lo que solicito:

1. Se me envíe el protocolo de desinfección y su argumentación tanto jurídica como sanitaria

2. se me entreguen los datos de la empresa y  la composición de la sustancia que ha sido fumigada, y no me digan que es ozono porque no es cierto.

3. se me informe sobre qué protocolos se van a utilizar para "proteger nuestro edificio" cuando hay un perro que entra y sale sin mascarilla y sin control alguno sobre  si es o no portador de algún patógeno que algún habitante de su casa que ha dado positivo y con el que convive, pudiera contagiarlo y así, el perro estaría dispersando el peligrosísimo virus por toda la urbanización.

4. Dado que el "protocolo" realizado ha sido tan invasor de nuestro espacio privado,  tan urgente y necesario que se ha realizado sin siquiera avisarnos, lo lógico sería realizar controles tanto al perro como a las personas que entran y salen de nuestro edificio: personal de servicio, amigos, repartidores, carteros, personal de mantenimiento ... porque me temo que, si existe realmente un peligro para la salud, que lo dudo, la supuesta "desinfección" ha durado menos que mi picor en la garganta. 


Dicho todo esto, quiero que quede claro que no creo que el perro de nuestra vecina sea en nada peligroso, pero la ciencia se basa en la lógica.


Quedando a la espera de su respuesta, les saluda atentamente

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martes, 29 de diciembre de 2020

CARTA A LA COMUNIDAD DE MADRID sobre protocolos invasores

 CARTA  de una ciudadana harta de tanto abuso

A LA COMUNIDAD DE MADRID 


Les escribo con referencia a su intención de incluir en mi cartilla médica datos referentes a los resultados de los test Covid.


En ningún momento se me ha solicitado permiso para la inclusión de unos datos tan sensibles en la cartilla. Les recuerdo que según el artículo 18.1 de la Constitución. derecho al honor y a la intimidad, y la actual Ley de Protección de Datos, los datos sanitarios están especialmente protegidos (ley orgánica 3/2018 del 5 de diciembre) y la Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos  digitales y en el artículo 9.1 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales

Si insisten en incluir mis datos en dicha cartilla, o en dar potestad a cualquier empleador o poseedor de un negocio para acceder a ellos, estarán cometiendo un acto de prevaricación, por lo que se les podía aplicar el artículo 542 del Código Penal

“Incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años la autoridad o el funcionario público que impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes”.

 Y en el Código Civil:

Artículo 6.4. del Código Civil: “Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley”.

Les recuerdo el siguiente articulo de la Constitución:

Artículo 9.1. de la Constitución Española: Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.


Soy un ser vivo, y como tal propietaria de mi cuerpo y de mis datos. Les insto a que me demuestren que tienen potestad sobre mi cuerpo y sobre mis datos, conforme a los principios del derecho natural, anteriores y superiores al derecho positivo. No tengo ningún contrato con ustedes para otorgarles dicha potestad, como corporación que son.

viernes, 4 de diciembre de 2020

Nace una generación dañada física y mentalmente: la GENERACIÓN COVID. Informe sobre daños graves a los niños.

 INFORME DE UN EXERPTO SOBRE DAÑOS GRAVES A LOS NIÑOS POR LOS PROTOCOLOS COVID EN LAS ESCUELAS




Los colegios de España,  con sus acientíficos e ilegales "protocolos Covid-19",
se han convertido en auténticos centros de tortura y manipulación para los niños,  obligados a llevar mascarillas en las aulas, cuando el Real Decreto Ley 21/2020 DE 9 DE JUNIO  , en su art. 9, regula que los centros docentes deben limitarse a asegurar las distancias de 1,5m entre los alumnos y, cuando no es posible, deben tomar las "medidas higiénicas necesarias", medidas que el propio decreto define como "desinfección".

Poner una mascarilla, tomar la temperatura u obligar al uso del hidrogel no  son "medidas higiénicas" sino  que son "acciones médicas", por tanto, el RDL no las contempla, porque, para realizarlas se necesitan dos cosas: el consentimiento informado de la persona y que sea realizada por un sanitario. Ninguna de las dos cosas se respetan en los colegios españoles.  (Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su artículo 10.4)
 
Una medida higiénica sería desinfectar los pupitres, por ejemplo, jamás podría serlo obligar al uso de una sustancia tóxica y abrasiva que no ha sido diseñada para la delicada piel de los niño. Por este motivo, decenas de miles de niños tiene las manos quemadas por este producto y dicen que les duelen mucho las manos. A pesar de que la OMS no aconseja el uso de las mascarillas por debajo de los 12 años, en España  los niños están siendo obligados a ello, a pesar de estar sufriendo masivamente cefaleas, mareos, nauseas y hasta desmayo, pero nada. Ahí siguen los docentes obligando a respirar tu propio anhídrido carbónico cargado de toxinas y bacterias.

Ni con ese evidente sufrimiento se suavizan las normas en los colegios, más parecidos a un centro de detención que a un lugar donde van para crecer y desarrollar sus capacidades.

El RDL 21/2020 en ningún lugar dice que los docentes pueden obligar a nada, y esto es así porque los que redactaron esa ley saben que sólo los padres pueden poner la mascarilla a sus hijos, puesto que son los que tienen la autoridad para ello. Ninguna "autoridad sanitaria" puede obligar a un acto médico. 

Los docentes que dicen a un niño "ponte la mascarilla" o "súbete la mascarilla", que toman la temperatura a los niños ¡en la cabeza!, están  cometiendo graves delitos del Código Penal (art. 195, 172 y 173 del Código Penal como omisión al deber de socorro, tortura,  coacciones y amenazas cuando les dicen "tendrás un parte" o cuando les castigan o les aíslan en otra aula, además de estar vulnerando la Convención de los Derechos del Niño 

El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, pero ellos se amparan en que obedecen órdenes que vienen de arriba, o porque lo ordena "Sanidad Pública" o "Inspección", sin precisar demasiado quienes son estas "autoridades" que tienen tanto poder. La realidad es que, cuando los padres les piden que les muestren dónde está esa ley que obliga a todo eso, no la pueden mostrar. Porque no existe. 

Llevo desde el mes de agosto trabajando, con los padres conscientes, en la protección de los niños y puedo afirmar que, en estos momentos, los docentes españoles están siendo utilizados por los gobiernos de turno para cometer graves delitos contra la Salud Pública y contra los niños, que dejarán secuelas profundas si no paramos esto cuanto antes.

Si no me creen, lean el impresionante informe de D. Manuel Fernández Corral, experto en educación, en el que describe y argumenta, con referencias a literatura de expertos, el daño tremendo que están sufriendo los niños y adolescentes desde su regreso al colegio, este mes de septiembre 2020, llegando a la tipificación de la aparición de una nueva juventud: la Generación COVID, que cree que puede matar a sus seres queridos ¡ CON UN ABRAZO!

La situación es de suma gravedad: en Alemania ya han muerto 3 niños, dos en China y una adolescente en Portugal. Pero los gobiernos temen que se propague esta información, puesto que serían señalados como responsables de homicidio culposo. 


Por nuestros niños ¡Difundid, Compartid!


https://nomoriridiota.blogspot.com/2020/11/infancia-espanola-en-peligro-en-las.html